Producto hecho a la medida
El artículo 47 de la Ley 1480 de 2011 excluye del derecho de retracto los bienes confeccionados según las especificaciones del consumidor. Un impreso con su marca lo es: no se puede revender a nadie más.
Sí reponemos, sin discutir
- Defecto de impresión: registro corrido, tinta mal aplicada, manchas, doblez fuera de escuadra.
- Material distinto al cotizado.
- Cantidad por debajo de la tolerancia del ±5 %.
- Daño en el transporte, si se reporta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la entrega.
No aplica
- Errores de ortografía, datos o imágenes que venían en el arte aprobado.
- Diferencias de color cuando no se contrató prueba de color contractual.
- Cambios de opinión sobre el diseño después de aprobar.
Cuando el defecto es nuestro reponemos el trabajo completo y asumimos el flete. No pedimos que devuelva el material defectuoso antes de reimprimir.